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Editorial Português   Inglês    
Año 5 247 – 12 de Febrero de 2012  


 

Traducción
Elza F. Navarro - mr.navarro@uol.com.br
 

 

La píldora del día siguiente delante de las leyes que
rigen la vida


Inventada en Francia en 1988, la RU 486 – también conocida como la píldora del día siguiente – fue considerada por las activistas en pro del aborto la mayor conquista femenina desde la invención de la píldora anticonceptiva.

Efectivamente, aunque muchos nieguen sus efectos abortivos, existe un consenso entre los estudiosos espiritas según lo cual, de acuerdo con sus características, la mencionada píldora no previne el embarazo, como un contraconceptivo normal, pero sí impide la continuidad de una gestación que por ventura tenga sido iniciada.  

He aquí lo que nuestro cofrade Jorge Hessen escribió en artículo publicado en esta misma revista: 

“El médium Divaldo Franco explica que `La concepción se da en el momento en que el espermatozoide penetra en el óvulo y empieza el viaje del huevo a camino de la implantación en la intimidad uterina de la mujer. Cualquier recurso después de la fecundación que busque eliminar la vida, para nosotros, espiritas, es un aborto delictivo. La píldora del día siguiente, o DIU y otros instrumentos que impiden la continuación del proceso de la fecundación es un mecanismo de destrucción de la vida. Por lo tanto: abortivo.´ Así es que, para nosotros espiritas la vida se inicia en la fecundación, generalmente en el conducto uterino de la mujer, cuando el cuerpo periespiritual del Espíritu que reencarna se fija vigorosamente en la célula- huevo, o zigoto (3). Tras lo que, en la fecundación en el tercio distal (4) del conducto uterino, el embrión, o nuevo individuo (la triada hominal - cuerpo genéticamente estructurado, periespiritu y Espíritu) debe seguir hasta el armazón uterino, llevando cerca de 1(una) semana para implantarse (nidación). Para esta caminata y nidación, es necesario que todo el aparato femenino esté funcionando adecuadamente y el útero esté en fase secretoria (adecuada para el embrión), bajo un control hormonal natural de la mujer. En cualquier retraso, el embrión “muere de hambre”, por falta de nutrientes, y es absuelto por el propio organismo de la mujer y el Espíritu se desvincula para aguardar nueva oportunidad para reencarnarse.(5) Por interferir en los mecanismos hormonales que regulan el ciclo menstrual – maduración del revestimiento interno del útero (endometrio) – “la píldora pos-coito” – como también es conocida altera el patrón menstrual (anticipando o aplazando la fecha esperada, aumentando o disminuyendo el volumen del flujo). Por ese motivo, este método no debe ser utilizado, por prudencia y lógica.” (He aquí el enlace que permite acceder el artículo citado: http://www.oconsolador.com.br/7/jorgehessen.html.)          

En el mismo sentido, nuestro colaborador Ricardo Baesso de Oliveira, médico y estudioso del Espiritismo, así se manifestó en el artículo igualmente publicado en esta revista: 

“La escoja de la píldora del día siguiente es infeliz, pues su mecanismo de acción actúa impidiendo la fijación de la célula huevo al útero, que se da cerca de 7 días después de la concepción, estando, por lo tanto, el Espíritu que va a reencarnarse ya unido a la materia física. Los espiritas saben como se da la unión del Espíritu que va a reencarnarse a la materia, algunas horas después del acto sexual, en el tercio posterior del conducto uterino (Trompa de Falopio). La unión es compleja y exige, muchas veces, la actuación de Técnicos de la erraticidad. En el instante en lo cual el espermatozoide invade la intimidad del óvulo y los núcleos se funden, el Espíritu ya en proceso de perturbación, teniendo su cuerpo espiritual miniaturizado, se fija magnéticamente a la nueva célula iniciando el angustiante proceso del reencarne.” (He aquí el enlace que remite el lector al texto citado:http:www.oconsolador.com.br/16/ricardo_baesso.html.)   

La doctrina espirita, así como la Iglesia de Roma, es radicalmente en contra la práctica del aborto, que sólo debe ser admitido en una hipótesis extrema en que la vida de la gestante corra peligro con la continuidad del embarazo. Excepto de eso, el aborto no tiene sentido y constituye un delito que muchos aburrimientos y muchos dolores – no sólo esas de orden  física – traerán  a los que lo practicarán.

En el mes pasado, en carta dirigida a esta revista, una lectora preguntó cuáles son las consecuencias del hecho de una mujer tener usado la píldora del día siguiente sin saber de sus propiedades abortivas. Siendo el aborto delictivo considerado crimen, de conformidad con el contenido en la cuestión 358 d´El Libro de los Espíritus, ¿Será tal mujer, delante de la ley natural, considerada autora del crimen?

La respuesta a la mencionada lectora fue dada recientemente en esta revista.

Se la recordó entonces que los actos lesivos que todos nosotros, en general, tengamos cometido a lo largo de la vida tienen cada cual un peso determinado, unido íntimamente al conocimiento que la persona tuviera al practicarlos.

En el caso de la píldora del día siguiente, la publicidad mundial alrededor del asunto buscó, a lo largo del tiempo, ocultar sus efectos abortivos, y existen aún muchas personas que no admiten que ella tenga tales efectos, lo que nos lleva a pensar que muchas mujeres, aquí en Brasil, puedan tener usado el producto imaginando que se trataba de una simple píldora anticonceptiva, con el propósito de evitar, pero no de matar hijos. 

Además de eso, nadie puede afirmar, sin miedo de errar, que la mujer que tenga ingerido la píldora del día siguiente ya estaba, en aquel momento, en proceso inicial del embarazo.

No compite, pues, a nadie juzgar tales actos, porque solamente Dios – que es quien juzga en última instancia – sabe perfectamente lo que se pasa en la mente de cada uno de nosotros, motivo por lo cual se puede decir, con toda certeza, que si la justicia de los hombres a veces se equivoca, la justicia divina jamás falla y nunca se engaña.



 


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Revista Semanal de Divulgación Espirita